Patrón de navegación básica

Distintivo de Patrón de navegación básica.

El Patrón de Navegación Básica (PNB) es una titulación náutica de recreo oficial en España. Permite a su titular gobernar embarcaciones de recreo de hasta 8 m de eslora, siempre que la navegación no se aleje más de 5 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo. También autoriza el manejo de motos náuticas dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.

1.º Embarcaciones de recreo a motor o a vela,[1]​ de hasta 8 m de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de cinco millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. En caso de embarcaciones a motor, la potencia será la adecuada para la embarcación.

2.º Motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a estas, de acuerdo con sus características técnicas y sin límite de potencia.

Hay que diferenciarlo de la Autorización Federativa o Titulín, donde la potencia máxima del motor está limitada a 40 kW (unos 53cv) permitiendo únicamente la navegación con luz diurna en áreas delimitadas por la Capitanía Marítima.

Requisitos para la obtención.

Titulaciones náuticas de recreo en España
Distintivo Título Eslora max. (metros) Zona (millas) Moto náutica Notas
Capitán de yate Embarcaciones de recreo: 24
Buques de recreo: sin límite (arqueo max.: 3000 GT)
Sin límite A Habilitación vela independiente
Patrón de yate 24 150 Habilitación vela independiente
Patrón de embarcaciones de recreo 15 (→24) 12 (→Baleares) Habilitación vela independiente.
Habilitación 24 m. y navegación a Baleares opcional
8 5 Habilitación vela independiente
Licencia de navegación 6 2 Navegación diurna
Autorización federativa ("titulín") 6
(potencia max.: 40 kW)
Zonas delimitadas Navegación diurna
(obsoleta; sustituida por Licencia de navegación,
posibilidad de canje realizando 4h. de practicas)
Sin título motor: 5
(potencia max.: 11,26 kW)
2 Navegación diurna
vela: 6

Requisitos para la obtención

  • Haber cumplido 18 años (16 con el permiso de un padre o tutor).
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica del solicitante de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del Real Decreto 875/2014.
  • Superar el examen teórico tipo test correspondiente.
  • Los aspirantes a esta titulación deberán aportar un certificado de haber superado un reconocimiento psicofísico, conforme a la normativa vigente sobre titulaciones náuticas, en un centro autorizado para ello.
  • Aprobar un examen práctico o realizar tres salidas de prácticas de al menos cuatro horas (se debe acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación), además de no menos de dos horas de prácticas de radio.
  • Consultar el temario oficial del examen de patrón de navegación básica.
  • Solicitar la expedición del título.

Véase también

Notas

  1. En este caso basta con haber superado el examen teórico del PNB y obtener la habilitación de Navegación a vela

Enlaces externos

Referencias