Masonería regular

El símbolo masónico.

El concepto de Regularidad Masónica, se popularizó a inicios de los años 1900 en Estados Unidos de América, pero fue hasta el 4 de septiembre de 1924, cuando la United Grand Lodge of England, emitió un documento llamado Information for the Guidance of Members of the Craft, donde se establecieron las reglas del como, esta Gran Logia, iba a reconocer otras Grandes Logias en el Mundo, dejando en claro que la Gran Logia Unida de Inglaterra, solo otorga reconocimiento, más no, regularidad, esta, como el documento mencionado lo señala, la debe obtener cada Gran Logia desde su conformación, es decir, que a esta Gran Logia, la haya formado otra Gran Logia reconocida, refiriendose a que se reconoce la línea de fundación con origen primitivo en Inglaterra. Es masón regular, quien ha sido iniciado en una logia simbólica que cuenta con regularidad y reconocimiento de origen al estar jurisdiccionada a una Gran Logia con regularidad de origen y participa activamente en ella. Mientras que una logia simbólica regular es aquella que cumple con todas las constituciones y reglamentos tanto internos como externos; debe estar debidamente instalada y autorizada legalmente mediante una carta patente otorgada por una Potencia Masónica regular.

No hay acuerdo entre todas las potencias masónicas acerca de los límites de la regularidad. En general, se acepta que, para que una logia o una corriente masónica sean regulares, debe mantenerse dentro de los límites impuestos por las antiguas normas, y cumpliendo las antiguas Constituciones de Anderson de la francmasonería especulativa moderna.

Según la corriente promovida por la Gran Logia Unida de Inglaterra, la regularidad masónica señalada en primer lugar de su lista de 8 requisitos,[1]​ de la Information for the Guidance of Members of the Craft, es un requisito que se obtiene desde la fundación de la Gran Logia y no, algo que se otorgue a posteriori por otra Gran Logia., el documento de 1929, señala estos requisitos para ser reconocidos por la United Grand Lodge of England:

  1. Regularidad de origen; es decir, que cada Gran Logia haya sido establecida legítimamente por una Gran Logia debidamente reconocida o por tres o más Logias regularmente constituidas.
  2. Que la creencia en el G.A.D.U. y en Su voluntad revelada sea un requisito esencial para la membresía.
  3. Que todos los Iniciados presten su Obligación sobre o a plena vista del Volumen de la Ley Sagrada abierto, entendiendo por tal la revelación superior que es vinculante para la conciencia del individuo particular que está siendo iniciado.
  4. Que la membresía de la Gran Logia y de las Logias individuales esté compuesta exclusivamente por aquellos que han sido hechos Masones como hombres; y que cada Gran Logia no tenga asociación masónica de ningún tipo con cuerpos que hagan Masonas a mujeres. (Redacción modificada del párrafo 4 adoptada el 12 de septiembre de 2018.)
  5. Que la Gran Logia tenga jurisdicción soberana sobre las Logias bajo su control; es decir, que sea una organización responsable, independiente y autogobernada, con autoridad única e indiscutida sobre los Grados de la Masonería Simbólica o de Oficio (Aprendiz, Compañero y Maestro Masón) dentro de su Jurisdicción; y que no esté sujeta ni comparta dicha autoridad con un Supremo Consejo ni con ningún otro Poder que reclame control o supervisión sobre esos grados.
  6. Que las tres Grandes Luces de la Masonería (a saber: el Volumen de la Ley Sagrada, la Escuadra y el Compás) se exhiban siempre cuando la Gran Logia o sus Logias subordinadas estén en sesión, siendo la principal de ellas el Volumen de la Ley Sagrada.
  7. Que la discusión de temas religiosos y políticos dentro de la Logia esté estrictamente prohibida.
  8. Que los principios de los Antiguos Landmarks, las costumbres y los usos del Craft (oficio o masonería) sean estrictamente observados.

La denominación no regular o irregular para la corriente anglosajona algunos la ven como injusta por el mero hecho que sean muy minoritaria en el mundo y con poco impacto, excepto en Francia , que son muy fuertes. [2]

Bibliografía

  • GLE. La masonería abre sus puertas. Editorial ATANOR ediciones, 2012. ISBN 978-84-939-6175-6
  • Esteban Cortijo (Coordinador). Masonería y Extremadura. Edita Ateneo de Cáceres y Caja de Ahorros de Extremadura], 2008. ISBN 978-84-691-4233-2
  • MANTILLA JÁCOME, Rodolfo; GUEVARA MENDOZA, Mario; FRÍAS RUBIO, Carlos Mario. Derecho Masónico. Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB, 2015.

Referencias

Enlaces externos

Véase también