Sustitución de peligros
La Sustitución de Peligros[1]se trata de una medida preventiva de los riesgos en el entorno laboral,[2] mediante el uso de agentes químicos[3] u otro proceso, como la substitución de materiales, para eliminar un riesgo determinado actuando en el origen.[2]
Hasta este momento, no se encuentra dentro de la Reglamentación Laboral Española[4] un apartado especifico referente a la sustitución de agentes químicos peligrosos. Sin embargo, en el Real Decreto 374/2001[5] sobre la prevención de riesgos derivados de los agentes químicos[3] en el trabajo y la normativa de referencia al respecto. Dentro de este, se establece la eliminación del riesgo en origen como medida preventiva prioritaria.
Referencias
- https://www.insst.es/documents/94886/326775/ntp_673.pdf/02eee5d4-49ef-44cf-9d52-4fdfb9d8b06a. Falta el
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(ayuda) - Díez, Faustino Menéndez (2009-05). Formación superior en prevención de riesgos laborales. Parte obligatoria y común. Lex Nova. ISBN 978-84-9898-073-8. Consultado el 13 de diciembre de 2023.
- «Agentes Químicos peligrosos | ISTAS». istas.net. Consultado el 1 de diciembre de 2023.
- «BOE.es - Código Laboral y de la Seguridad Social». www.boe.es. Consultado el 1 de diciembre de 2023.
- «BOE-A-2001-8436 Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.». www.boe.es. Consultado el 1 de diciembre de 2023.
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