Presidente municipal de Progreso (Yucatán)
El Presidente Municipal de Progreso ( o alcalde de Progreso, en término coloquial) es el titular del poder ejecutivo y cabeza de la administración pública del municipio de Progreso y sus comisarías; además, es quien preside el Ayuntamiento de Progreso. También es denominado primer edil o primer regidor. Su mandato es de 3 años con posibilidad de reelección por un periodo adicional, siempre y cuando sea postulado por el mismo partido de manera previa e inicia funciones constitucionales el día 1 de septiembre del año realizada la elección.[2]
Presidente Municipal de Progreso | ||
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![]() Escudo del municipio de Progreso de Castro. | ||
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Julián Zacarías Curi | ||
Desde el 1 de septiembre de 2018 | ||
Sede | Palacio Municipal de Progreso. | |
Salario | $70,000 pesos mensuales[1] | |
Duración | 3 años con posibilidad de reelección | |
Designado por | Votación (elección popular) | |
Sitio web | http://www.ayuntamientodeprogreso.gob.mx/ | |

Naturaleza jurídica
La naturaleza jurídica del presidente municipal se encuentra en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece, en su fracción I:
"... Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.[3]
La Constitución Política del Estado de Yucatán, en su artículo 76 establece:
"... El Estado tiene como base de su división territorial y organización política y administrativa, al Municipio. Este será gobernado por un Ayuntamiento electo mediante el voto popular libre, directo y secreto; integrado por un Presidente Municipal, Regidores y un Síndico, de conformidad con lo que establezca la ley de la materia. Entre éste y el Gobierno del Estado, no habrá autoridades intermedias.[4]
Las funciones del Presidente Municipal están descritas en el artículo 55 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán.
"...
- I.- Representar al Ayuntamiento política y jurídicamente, delegar en su caso, esta representación; y cuando se trate de cuestiones fiscales y hacendarias, representarlo separada o conjuntamente con el Síndico;
- II.- Dirigir el funcionamiento de la Administración Pública Municipal;
- III.- Proponer al Cabildo el nombramiento del Secretario Municipal en los términos de esta Ley;
- IV.- Ejercitar separada o conjuntamente con el Tesorero, la facultad económico-coactiva, en los términos establecidos en el Código Fiscal del Estado de Yucatán;
- V.- Nombrar y remover al personal administrativo del Ayuntamiento, cuando así se requiera, debiendo informar al Cabildo en la sesión inmediata;
- VI.- Delegar la presidencia del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, en su cónyuge o persona distinta, de acuerdo a la forma que adopte este organismo;
- VII.- Condonar multas, pudiendo delegar esta facultad en otro funcionario público de menor rango;
- VIII.- Encabezar los actos cívicos y públicos que se realicen en el Municipio, salvo que estuviera presente el Gobernador del Estado, quien los presidirá;
- IX.- Solicitar al Ejecutivo en caso justificado, el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir sus resoluciones o las propias del Cabildo;
- X.- Aplicar por sí o a través del Juez Calificador, las sanciones a las infracciones administrativas, conforme al reglamento respectivo;
- XI.- Administrar y conservar los bienes propiedad del Municipio, conforme a lo que disponga el órgano de control interno, a falta de este, el Sindico o el Cabildo, en su caso;
- XII.- Proponer al Cabildo el nombramiento del Tesorero, del titular del órgano de control interno y los titulares de las dependencias y entidades paramunicipales. En ningún caso el Tesorero y los demás funcionarios municipales, podrán ser nombrados de entre los Regidores propietarios;
- XIII.- Vigilar separada o conjuntamente con el Síndico, la recaudación de la Hacienda Municipal;
- XIV.- Supervisar que los funcionarios públicos y empleados a su cargo, en el cumplimiento de sus funciones, se conduzcan con imparcialidad, diligencia, honradez, eficacia y respeto a las leyes;
- XV.- Suscribir conjuntamente con el Secretario Municipal y a nombre y por acuerdo del Ayuntamiento, todos los actos y contratos necesarios para el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos;
- XVI.- Autorizar las órdenes de pago de la Tesorería, conforme al Presupuesto de Egresos, firmándolas conjuntamente con el Tesorero o a quien el Presidente designe;
- XVII.- Acordar periódicamente con los Regidores, los asuntos que estimen convenientes, para los diversos ramos de la administración pública, y
- XVIII.- Las demás que establezcan las leyes y los reglamentos." [2]
Presidentes Municipales de Progreso
Presidente Municipal | Período | Partido | Notas | ||
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Álvaro Vidal Alonso. | 1937 - 1941 | ||||
Gerardo Echalaz Aguilar. | 1941 - 1942 | ||||
Cesar A. Baqueiro A. | 1943 - 1945 | ||||
Gaspar Diaz G. | 1945 - 1946 | ||||
Federico Osorio Torres | 1947 - 1949 | ||||
Gabino Peña Briceño | 1950 - 1952 | ||||
Manuel Núñez Navarro | 1953 - 1955 | ||||
Guillermo Romero | 1956 - 1958 | ||||
Luis Magadan de la Vega | 1959 - 1961 | ||||
Luis Escalante Tur | 1962 - 1964 | ||||
Manuel Perdio Sosa | 1965 - 1967 | ||||
Renan Cervera Cervantes | 1968 - 1970 | ||||
Pedro Luna E. | 1971 - 1973 | ||||
Alfredo Enríquez Ordóñez | 1974 - 1975 | ||||
José María Pajón Torres | 1975 - 1976 | ||||
Gabino Peña Muñoz | 1976 - 1978 | ||||
Wilberth Gil Cobos | 1979 - 1981 | ||||
Luis Escalante Tur | 1981 - 1982 | ||||
Manuel Basto Rivas | 1982 - 1984 | ||||
Felipe Pech Chacón | 1985 - 1987 | ||||
José Manuel Encalada Rodríguez | 1988 - 1991 | ||||
Alfredo Villalobos Vazquez | 1991 - 1993 | ||||
Luis Sierra Perez | 1994 - 1995 | ||||
Raul Enrique Lara Caro | 1995 - 1998 | ||||
Porfirio Roberto Trejo Zozaya | 1998 - 2001 | ||||
José Luis Blanco Pajón | 2001 - 2004 | ||||
Enrique Magadán Villamil | 2004 - 2007 | ||||
Reina Mercedes Quintal Rercio | 2007 - 2010 | ||||
María Ester Alonzo Morales | 2010 - 2012 | ||||
Daniel Zacarias Martinez | 2012 - 2015 | ||||
José Isabel Cortes Góngora | 2015 - 2018 | ||||
Julián Zacarías Curi | 2018 - 2021 | ||||
Julián Zacarías Curi | 2021 - 2024 | Primer presidente municipal en ser reelegido constitucionalmente para un segundo periodo de forma continua. |
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Referencias
- «El alcalde de Progreso disfrutará de un “jugoso” sueldo: $2,333 al día, $70,000 mil al mes». grillodeyucatan.com. 6 de septiembre de 2018. Consultado el 29 de marzo de 2020.
- Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, H. Congreso del Estado de Yucatán, mayo de 2006.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, H. Cámara de Diputados, última reforma publicada el 27 de agosto de 2018.
- Constitución Política del Estado de Yucatán, H. Congreso del Estado de Yucatán, última reforma publicada el 28 de febrero de 2018.