Hombres buenos (concejo)

Los hombres buenos durante la Edad Media en los reinos de León y Castilla, se entendían como un grupo de hombres de calidad que formaban parte de la capa superior de los concejos cerrados que se dieron a partir del siglo XII.[1]

Las antiguas asambleas generales de vecinos (Concilium) son sustituidas a mediados del siglo XIV por concejos de participación cerrados, los denominados regimientos donde se nombrarán caballeros y hombres buenos.[2] Cuando determinados habitantes que pertenecían al común de las villas y ciudades alcanzaban un nivel importante de riqueza, se les calificaba de hombres buenos y podían formar parte del concejo donde se les encomendaba determinadas funciones judiciales o políticas, como su nombramiento como jueces especiales en casos delicados (control de deudas).

Este cuerpo de hombres buenos o regidores, desde Alfonso XI de Castilla, serán nombrados vitaliciamente por la Corona y éstos a su vez, designarán anualmente a los diversos magistrados y funcionarios municipales.

Véase también

Referencias

  1. Luis Suárez Fernández (1978). Historia de España. Edad Media. Madrid: Gredos. ISBN 9788424931346.
  2. J. A, García de Cortázar (1978). Historia de España Alfaguara. La época medieval. Madrid: Alianza. p. 316. ISBN 84-206-2040-8.
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