Centro poblado

Se conoce como centro poblado a un núcleo de población (particularmente rurales) que cumple ciertas características urbanas que le permiten distinguirse de aglomeraciones de viviendas u otros núcleos habitacionales dispersos. El término se utiliza principalmente en Colombia y Perú.

Colombia

En Colombia los centros poblados se define como la concentración de mínimo 20 viviendas contiguas, vecinas o adosadas entre sí, ubicadas en el área rural de un municipio o de una área no municipalizada.[1] Tal aglomeración presenta algunas características urbanas como vías vehiculares y peatonales. Además, de dotación de infraestructura de servicios públicos básicos, sociales, asistenciales y que suelen en ocasiones atender a la población dispersa de las veredas en su área de influencia. El uso de suelo (urbana o rural) de estas lo determina el POT del municipio.

Dicho concepto engloba los siguientes tipos de núcleos poblacionales:[2]

  • Caserío: corresponde a un centro poblado ubicado generalmente al lado de una vía principal y que no tiene autoridad civil. El límite censal está definido por las mismas viviendas que constituyen el conglomerado.

Perú

Es todo lugar del territorio nacional rural o urbano, identificado mediante un nombre y habitado con ánimo de permanencia. Sus habitantes se encuentran vinculados por intereses comunes de carácter económico, social, cultural e histórico. Los centros poblados pueden acceder según sus atributos, a categorías como: caserío, pueblo, villa, ciudad y metrópoli.[3]

En el ordenamiento jurídico del Perú, los centros poblados son subdivisiones especiales de las provincias. Son también las menores circunscripciones político-administrativos del país.

El gobierno de cada centro poblado está a cargo de una municipalidad delegada o municipalidad de centro poblado encabezada por un alcalde elegido por sufragio universal cada 4 años.

Referencias

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