Asamblea Legislativa de El Salvador
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador es el órgano legislativo o Parlamento del Estado salvadoreño es el ente que representa a toda la sociedad salvadoreña, donde se llega a acuerdos y consensos en beneficio del pueblo.
Asamblea Legislativa de la República de El Salvador | ||
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XIII legislatura | ||
![]() Logo institucional desde 2021
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![]() Salón Azul de la Asamblea Legislativa | ||
Información general | ||
Ámbito |
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Creación |
1824 (como Congreso Federal Centroamericano) 1983 (forma actual)[1] | |
Término | 3 años | |
Atribuciones | Título VI capítulo I sección primera de la Constitución de 1983 | |
Tipo | Unicameral | |
Inicio de sesiones | 1 de mayo de 2021 | |
Salario |
48 308.64 $/año Sueldo base en 2020 sin incluir indemnizaciones ni complementos.[2] | |
Liderazgo | ||
Presidente de la Asamblea |
![]() desde el 1 de mayo de 2021 | |
Primera Vicepresidenta |
![]() desde el 1 de mayo de 2021 | |
Segundo Vicepresidente |
![]() desde el 1 de mayo de 2021 | |
Tercer Vicepresidente |
![]() desde el 1 de mayo de 2021 | |
Composición | ||
Miembros | 84 | |
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Grupos representados |
Alianza de Gobierno: (64) 56 Nuevas Ideas[3] 5 GANA 2 PCN 1 PDC Oposición (20) 11 ARENA 4 FMLN 3 Independiente 1 Nuestro Tiempo 1 VAMOS | |
Elecciones | ||
Última elección | 28 de febrero de 2021 | |
Próxima elección | 4 de febrero de 2024 | |
Sitio web | ||
www.asamblea.gob.sv | ||
Es de tipo unicameral y está integrada por 84 diputados elegidos mediante voto secreto y universal, quienes representan los 14 departamentos de la República, según su población.
Posición constitucional
Composición
Conforme a la Constitución salvadoreña, la Asamblea Legislativa es un cuerpo colegiado unicameral. Se compone de 84 diputados,[4] todos elegidos por voto popular directo, según el sistema de representación proporcional por períodos de tres años, con oportunidad de reelección inmediata.
Elegibilidad
Para ser elegible como diputado de la República, el candidato debe cumplir con los siguientes requisitos (según el art. 126 de la Constitución):
- Mayor de 25 años.
- Ciudadano salvadoreño por nacimiento, nacido de padre o madre salvadoreña.
- De reconocida honestidad y educación.
- No haber tenido cancelado el goce de sus derechos como ciudadano en los últimos cinco años.
Sistema electoral

La Constitución establece que la Asamblea Legislativa debe estar constituida por ciudadanos en el ejercicio de sus derechos políticos, que cumplan los requisitos constitucionales y elegidos de conformidad a lo determinado por esta.
Desde la firma de los Acuerdos de Paz, el número de diputados, según establece la legislación secundaria, es de 84 (junto a sus suplentes), distribuidos en 14 circunscripciones electorales en función de su población, siendo el número mínimo de diputaciones por departamento igual a tres.
Los parlamentarios son elegidos por voluntad popular para un período de tres años, con posibilidad de reelección mediante sufragio universal y directo, a través de listas de candidatos de cada partido político legalmente inscrito ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), empleando la modalidad de voto cruzado o fraccionado.
Todo ciudadano mayor de 18 años en el pleno goce de sus derechos políticos puede ejercer el sufragio dentro de la circunscripción electoral en la que reside.
El mecanismo de voto cruzado o fraccionado consiste en las siguientes opciones para el ciudadano:
- Votar directamente por la bandera de un partido político (equivale a marcar todos los candidatos de esa lista).
- Votar por la bandera de un partido político y seleccionar candidatos dentro de dicha lista para ocupar las diputaciones (únicamente suman marcas los candidatos seleccionados).
- Marcar candidatos de múltiples partidos, siempre y cuando el número de estos no exceda la cantidad de diputaciones de su circunscripción.
El voto en cualquiera de esas opciones siempre equivale a una unidad, siendo otorgada en su totalidad al partido político en los casos primero y segundo arriba expuestos, u otorgada en proporción al número de candidatos marcados en el caso tercero.
Marcar múltiples banderas políticas, o una sola cuando se han elegido candidatos de diversos partidos, o superar el número de marcas (que dependen del número de diputados a elegir) según circunscripción, conlleva la nulidad del voto.
Mandato
Los diputados son elegidos cada tres años, mediante el voto libre, directo, igualitario y secreto, en elecciones populares, que organiza el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y bajo el sistema de representación proporcional. De acuerdo al art. 76 de la Constitución: "El cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto", con esta base el TSE elabora el "Registro Electoral", el cual está constituido por todos los ciudadanos salvadoreños mayores de dieciocho años, en pleno ejercicio de sus derechos y deberes políticos.
Pleno legislativo
La máxima autoridad de la Asamblea es el Pleno Legislativo, constituido por la totalidad de los legisladores electos, reunidos para deliberar y tomar resolución. Es dirigido por un presidente y en su ausencia por uno de los vicepresidentes de Junta Directiva. Se reúne generalmente un día a la semana, exceptuando períodos vacacionales.
La agenda de trabajo de la Sesión Plenaria es elaborada por la Junta Directiva y aprobada por el Pleno, determina el orden en que son sometidos a consideración los dictámenes y los correspondientes proyectos de decretos legislativos, como resultado del trabajo de las comisiones legislativas.
También, conoce de las diversas mociones e iniciativas de ley presentadas, las que se distribuyen a las respectivas comisiones legislativas (por el presidente de la Asamblea Legislativa), en la Sesión Plenaria.
Según el art. 64 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL), las sesiones plenarias se clasifican en:
- Sesiones ordinarias: se realizan durante el período legislativo correspondiente, en el día y hora que determina la Presidencia de este órgano de Estado para conocer iniciativas, dictámenes y proyectos de decretos que con anterioridad han estudiado y analizado las diferentes comisiones.
- Sesiones extraordinarias: pueden celebrarse en cualquier momento, para tratar uno o varios temas específicos. También, puede ser convocada por el Consejo de Ministros, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del art.167 de la Constitución.
- Sesiones solemnes: se realizan por acuerdo de Junta Directiva y son convocadas por el presidente de la Asamblea, para desarrollar actos especiales y con observancia protocolar. En estas sesiones no podrán tratarse temas diferentes a lo establecido en la agenda.
Comisiones

Son grupos de trabajo conformados por diputados propietarios, con el propósito de estudiar, analizar, aprobar, o rechazar las diferentes iniciativas de ley que se presentan a la Asamblea Legislativa. Están integradas por el número de miembros que determina la Junta Directiva, con base en la proporcionalidad de la composición de la Asamblea Legislativa. Deben escuchar en audiencia a los interesados en los proyectos o a los afectados por ellos.
De acuerdo al art. 38 del RIAL, las comisiones pueden ser:
- Permanentes: son grupos de trabajo establecidos en el art. 39 del RIAL, las cuales se conforman con diputados nombrados por la Junta Directiva.
- Transitorias: se constituyen por un acuerdo de la Junta Directiva, para el correspondiente período legislativo.
- Ad-hoc: se establecen por acuerdo de la Junta Directiva, para tratar temas especiales.
- Especiales: son nombradas por la Asamblea Legislativa en Pleno, para la investigación de asuntos de interés nacional y adopción de acuerdos o recomendaciones que se consideren necesarios.
Dirección y administración

El presidente de la Asamblea es su representante legal. Preside las sesiones plenarias, la Junta Directiva y la Comisión Política.
La Junta Directiva está integrada por una presidencia, vicepresidencias y secretarías. Se conforma procurando la participación de todos los grupos parlamentarios, con base a los criterios de pluralidad y proporcionalidad, de conformidad al Protocolo de Entendimientos.
Funciones
Algunas de sus atribuciones son:
- Ratificar los tratados o pactos que el Órgano Ejecutivo celebre con otros Estados u organismos internacionales.
- Decretar el presupuesto de ingresos y egresos de la administración pública.
- Elegir a algunos funcionarios públicos, como el fiscal general de la República, procurador general de la República y procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, así como el presidente y los magistrados del TSE, la Corte de Cuentas (CCR), la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).
Sede

Palacio Legislativo
El Palacio Legislativo es el edificio que alberga la Asamblea Legislativa. Está situado en el centro de gobierno "José Simeón Cañas" en San Salvador.
Centro Cívico Cultural Legislativo
El Centro Cívico Cultural Legislativo (CCCL) se encuentra ubicado en el centro histórico de la ciudad de San Salvador, El Salvador. Tiene por objetivo generar un espacio cultural con procesos creativos, inclusivos y artísticos.[5]
Historia
Antecedentes


El primer congreso federal centroamericano, que tomó el nombre de Asamblea Nacional Constituyente, se reunió el 1 de julio de 1823 para ratificar la independencia y se declaró formalmente instalada el día siguiente. Este hecho es el que dio inicio a la historia de las actividades legislativas de los países centroamericanos.
La ruptura entre los Estados federados concluyó el 30 de mayo de 1838, cuando el Congreso Federal emitió un decreto legislativo dejando en libertad a los Estados para constituirse de la manera que lo creyeran más conveniente, conservando la forma de un gobierno republicano, popular y representativo.
El 14 de marzo de 1824, se instaló en San Salvador, a instancias de José Matías Delgado, el primer Congreso Constituyente, el cual fue presidido por Mariano Calderón. “El Congreso Constituyente del Estado”, como fue denominado, se instaló oficialmente con 18 diputados: 15 representantes de los pueblos de la intendencia de San Salvador y tres por la alcaldía mayor de Sonsonate.
José Matías Delgado y Pedro Molina redactaron el primer anteproyecto de Constitución para el Estado autónomo de El Salvador, inspirándose en la doctrina jurídica de España, Estados Unidos y Francia. El 12 de junio de 1824 se decretó la primera Constitución de la República, la cual fue sancionada por Juan Manuel Rodríguez, en su carácter de presidente de la República.
La Constitución de El Salvador fue la primera que se decretó en América Central, en un régimen de vida independiente de España. En 1886 nuevamente se estableció una Asamblea Constituyente. Esta estaba integrada por 28 diputados propietarios y sus respectivos suplentes, que se eligieron dos por cada departamento. La constituyente de 1886 decretó la ley primaria con mayores cimientos democráticos y republicanos.
Al inicio del siglo anterior, la Asamblea Legislativa se instala en el Salón Azul del Palacio Nacional de El Salvador, sede de los tres órganos de Estado.
El 5 de noviembre de 1974, la Asamblea Legislativa se trasladó a su actual sede, el Palacio Legislativo, en el Centro de Gobierno de San Salvador. La Junta Directiva, presidida por Rubén Alfonso Rodríguez, decidió mover también la denominación del Salón Azul y otorgárselo específicamente al lugar destinado para las sesiones plenarias. Por medio del Decreto Legislativo N.º 127, del 5 de noviembre de 1974, publicado en el Diario Oficial N.º 212, Tomo N.º 245, del 13 de noviembre de 1974, se declara solemnemente inaugurado el Palacio Legislativo a partir del 5 de noviembre de 1974 y se expresa que el lugar donde sesione la Asamblea Legislativa se denominará «Salón Azul del Palacio Legislativo».[6]
La época del autoritarismo militar (1931-1979)
Elección | Distribución | Presidente | |||
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1936 |
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César Cierra (PNPP) 1935–1939 | |||
1939 |
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Francisco Antonio Reyes (PNPP) 1939–1945 | |||
1944 |
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Ricardo Rivas Vides (PNPP) 1945–1949 | |||
1950 |
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Reynaldo Galindo Pohl (PRUD) 1950–1952 José María Peralta Salazar (PRUD) 1952–1956 | |||
1952 |
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1954 |
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1956 |
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René Carmona Dárdano (PRUD) 1956–1958 | |||
1958 |
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Víctor Manuel Esquivel Rodríguez (PRUD) 1958–1961 | |||
1960 |
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1961 |
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Francisco José Guerrero (PCN) 1962–1968 | |||
1964 |
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1968 |
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Juan Gregorio Guardado (PCN) 1968–1970 | |||
1970 |
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Salvador Guerra Hércules (PCN) 1970–1972 | |||
1972 |
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Rubén Alfonso Rodríguez (PCN) 1972–1978 | |||
1974 |
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1976 |
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1978 |
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José Leandro Echeverría (PCN) 1978–1979 |
Actual período constitucional (desde 1982)
Elección | Distribución | Presidente | ||||||||
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1982 |
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Roberto d'Aubuisson (ARENA) 1982–1983 María Julia Castillo Rodas (PCN) 1983–1985 | ||||||||
1985 |
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Guillermo Antonio Guevara (PCN) 1985–1988 | ||||||||
1988 |
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Ricardo Alvarenga Valdivieso (ARENA) 1988–1991 | ||||||||
1991 |
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Luis Roberto Angulo Samayoa (ARENA) 1991–1994 | ||||||||
1994 |
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Gloria Salguero Gross (ARENA) 1994–1997 | ||||||||
1997 |
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Francisco Flores (ARENA) 1997–1998 Juan Duch Martínez (ARENA) 1998–2000 | ||||||||
2000 |
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Walter Araujo (ARENA) 2001–2002 Ciro Cruz Zepeda (PCN) 2000–2001 2002–2006[7] | ||||||||
2003 |
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2006 |
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Rubén Orellana (PCN) 2006–2009 | ||||||||
2009 |
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Ciro Cruz Zepeda (PCN) 2009–2011 Sigfrido Reyes (FMLN) 2011–2015 | ||||||||
2012 |
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2015 |
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Lorena Peña (FMLN) 2015–2016 Guillermo Gallegos (GANA) 2016–2018 | ||||||||
2018 |
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Norman Quijano (ARENA) 2018–2019 Mario Ponce (PCN) 2019–2021 | ||||||||
2021 |
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Ernesto Castro (N) 2021–2024 | ||||||||
2024 |
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TBD |
Composición de la XIII legislatura
Cargo | Titular | Grupo |
Presidente | Ernesto Castro | ![]() |
Primera Vicepresidenta | Suecy Callejas | ![]() |
Segundo Vicepresidente | Rodrigo Ayala | ![]() |
Tercer Vicepresidente | Guillermo Gallegos | ![]() |
Primera Secretaria | Elisa Rosales | ![]() |
Segundo Secretario | Numan Salgado | ![]() |
Tercer Secretario | Serafín Orantes (2021-2022) Reynaldo Cardoza (2022-2024) | ![]() |
Cuarto Secretario | Reynaldo Carballo | ![]() |
Véase también
Referencias
- «Historia de la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador». San Salvador: Asamblea Legislativa de El Salvador. Consultado el 30 de agosto de 2021.
- «Ley de Salarios Órgano Legislativo 2020 diputados».
- Tribunal Supremo Electoral: Escrutinio Final 2021 -Resultados de la Asamblea Legislativa-
- Artículo 13 del Código Electoral Archivado el 6 de octubre de 2014 en Wayback Machine.. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
- Asamblea Legislativa de El Salvador. «Centro Cívico Cultural Legislativo inaugura su agenda de actividades artísticas y culturales». Archivado desde el original el 18 de agosto de 2016. Consultado el 13 de enero de 2016.
- Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador, noviembre-1974, Parte11.pdf
- Dos períodos seguidos como presidente de la Asamblea.